COOPERATIVAS DE VIVIENDA EN CESIÓN DE USO

En un país en el que pagar por un alquiler se considera “tirar el dinero”, en el que poseer al menos una casa como inversión te convierte en una persona exitosa, es un orgullo haber tutorizado una tesis sobre un modelo de vivienda de uso social basado en la cesión de uso. Aún más cuando este modelo supone una ruptura con los cánones del mundo inmobiliario actual, una nueva forma de afrontar la necesidad social de derecho a la vivienda. Orgulloso de esta Tesis de Arantxa García y Laura Lluch: «HACIA UN NUEVO MODELO DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA SOCIAL. LAS COOPERATIVAS DE VIVIENDA EN CESIÓN DE USO»

Foto de Lacol 

Derecho a una vivienda digna y adecuada

El artículo 45 de la Constitución Española dice:

“Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.”

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La vivienda como indicador de exclusión social

Según el Informe FOESSA sobre exclusión y desarrollo social en España de 2019, la vivienda se ha convertido en “un motor elemental de la desigualdad y un factor clave en las dinámicas de exclusión social”. El acceso a una vivienda digna es, para muchos, imposible.

Con la crisis se potenciaron las políticas fiscales que prometían reducir el déficit y pagar la deuda soberana, en detrimento de políticas que asegurasen el bienestar social de los ciudadanos. Estos tuvieron que enfrentarse a puestos de trabajos inestables, salarios precarios, desempleo y elevados precios del alquiler y de la vivienda de obra nueva.

Comprar una casa se ha convertido en un lujo y en muchos casos obliga a las familias a endeudarse y empobrecerse, provocando una situación de inseguridad vital que afecta al 4% de los hogares españoles, según el informe.

Infraviviendas, deficiencias graves en la construcción, ruina, insalubridad, hacinamiento, hogares con barreras arquitectónicas, gastos excesivos, etc. son algunos de los problemas que afectan a los españoles y los coloca en situación de exclusión social.

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Derecho Fundamental

La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece en el artículo 25 apartado 1 que:

“Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.»

Ante esta situación precaria, surge la necesidad de crear nuevos modelos de propiedad colectiva de la vivienda. Ejemplos de ello son la Iniciativa Ciudadana Europea <<Housing for All>> o los modelos de concesión de uso de la vivienda que llevan años implantados con éxito en países como Dinamarca (Modelo Ándel), Uruguay (FUCVAM) o Alemania.

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¿Qué es el modelo de cesión de uso de vivienda?

Se trata de un tipo de cooperativa sin ánimo de lucro que tiene dos características fundamentales:

  1. La titularidad del inmueble deja de ser privada o pública para convertirse en colectiva.
  2. La vivienda deja de ser un negocio con fines especulativos basados en la plusvalía que genera su POSESIÓN, para ser de USO vitalicio. Esta concepción del USO convertiría la vivienda en un SERVICIO a la sociedad, a disposición de los ciudadanos.

Los conceptos de “vivienda de precio asequible, «vivienda de protección oficial» o «vivienda de alquiler social», no dejan de perpetuar el concepto de vivienda como bien inmueble que genera rentabilidad, plusvalía y, en definitiva, negocio.

En la vivienda de cesión de USO cambia todo:

  • Las administraciones son las encargadas de ceder el suelo en el que se construirá el inmueble tal como reza el artículo de la Constitución Española:

«[…] promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación».

  • El promotor forma parte de la cooperativa y, por tanto, sin interés mercantilista alguno.
  • El promotor, como cualquier otro cooperativista, podrá disfrutar del uso particular de la vivienda durante toda su vida y si renuncia a ella puede transmitir la propiedad del derecho al USO a cualquier otro cooperativista. De ahí que no se le pueda definir como inquilino o propietario, sino como residente.
  • El coste que deberá asumir el propietario de la cesión de uso será solo de los costes de construcción y el mantenimiento durante la vida útil del edificio o la finalización de la cesión del suelo. Si finalmente renuncia a su cesión de USO recuperará el capital inicial invertido, cediendo su vivienda a otra persona que esté en lista de espera como “socio expectante”.

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Ventajas del modelo de cesión de uso de la vivienda

  • Uso vitalicio. Concibe la vivienda como un derecho fundamental, de uso personal mientras el ciudadano viva o quiera hacer uso de sus derechos cooperativos.
  • Implica al usuario en el proyecto. Permite tomar decisiones acerca de dónde queremos vivir, cómo queremos que sea nuestro hogar o qué modelo de convivencia queremos.
  • Potencia los espacios comunes apostando por la cohesión social, la vida en comunidad, la colaboración, la convivencia vecinal y la vida saludable.
  • Los miembros de la cooperativa participan en el proyecto mediante una organización democrática, horizontal, transparente y participativa.
  • La autopromoción y la cesión del terreno reduce el precio de la vivienda, haciendo posible el acceso a muchas personas que no podrían tener un hogar digno de otra manera.
  • El uso vitalicio de la vivienda otorga una sensación de estabilidad superior a la del alquiler.
  • Flexibilidad, ya que los usuarios son libres de abandonar cuando deseen el proyecto sin perder la inversión inicial.
  • Sostenibilidad. Son edificios que poseen sistemas de eficiencia energética.

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¿Conseguirá el modelo de cesión de uso de la vivienda desbancar al actual? Es pronto para saberlo. Lo que sí es un hecho es que el sistema actual ha fracasado y no garantiza adecuadamente el derecho fundamental a la vivienda.

Como hemos comentado al principio queremos hacer mención a la cooperativa de viviendas La Borda,una promoción autoorganizada por sus usuarias para acceder a una vivienda digna que ponga en el centro su valor de uso, a través de una estructura colectiva. A continuación te dejamos más información sobre ella y más fotografías de Lacol, arquitectura cooperativa.